Registro de la jornada laboral de los trabajadores 2019… a vueltas de nuevo.

2022-08-24T07:52:51+00:00 15 noviembre, 2018|registro de la jornada laboral|

Todo apunta a que en 2019 se establecerá de nuevo el registro obligatorio de la jornada laboral para todos los trabajadores. Desde un tiempo atrás, este registro ha venido entrando y saliendo en muchas empresas, condicionado por sentencias que lo anulaban, obligaciones que cambiaban para unos trabajadores sí y otros no, en referencia a si era una jornada completa o parcial y un cúmulo de sucesos. Esto ha ido generado una incertidumbre en las empresas que en muchas ocasiones desconocen si deben o no registrar esa jornada laboral en función de su plantilla.

Pues bien, parece que esta obligatoriedad en el registro de la jornada de cada trabajador va a incluirse en el estatuto general de los trabajadores,  lo que afectará a todas las empresas y trabajadores, sea cual sea su tamaño y la modalidad ó tipo de contrato que afecte a sus empleados.

¿Y qué quiere decir esto? Pues sencillamente, que todas las empresas deben registrar las horas ordinarias y extraordinarias de todos sus trabajadores de forma diaria. Esto aplicable a la operativa real significa que hay que registrar entradas, salidas e incidencias de la jornada que reflejen el cómputo de esas horas ordinarias y extraordinarias. Este cómputo debe realizarse diariamente y recogerse mensualmente en un informe.  El objetivo del informe es poder contrastar que todas las horas extraordinarias recogidas en el informe coinciden con el abono de dichas horas en el recibo de salarios (nómina).

Este informe será el que deberemos guardar y conservar para ser mostrado ante una posible inspección de trabajo. Tiene un formato definido publicado en el BOE y debe ser custodiado por la empresa.

Y bien, una vez en este punto: ¿Cómo podemos registrar la jornada laboral de los trabajadores?

La mejor alternativa es utilizar un software de control horario y/o control de presencia. Estos sistemas permiten recoger las entradas, salidas e incidencias de cada trabajador de forma segura, rápida y automatizada.  Ahora bien, dicho esto, debemos tener en cuenta las premisas y obligaciones. Debemos recoger la jornada laboral de TODOS los trabajadores y diferenciar entre horas ordinarias y extraordinarias. Decimos TODOS porque hay trabajadores que pueden no desarrollar su trabajo dentro de nuestras oficinas, encontrarse en otra ubicación, en la ubicación de un cliente, un comercial que no pisa por la oficina, o simplemente teletrabajar.

Analizando estos escenarios vemos que el sistema debe dar respuesta a toda la casuística, ya que ante una inspección laboral debemos tener el registro de todos los trabajadores, independientemente de su lugar, estado, o desempeño del trabajo que le corresponda. Es decir, debemos de ser capaces de registrar la jornada de forma estática, móvil y en tiempo real.

Éste registro de cada movimiento se denomina fichaje y puede representar la entrada, salida o una entrada/salida con una incidencia (visita médico, descanso, viaje, formación, una bolsa de horas, horas extra…). Todos los fichajes conformaran el registro horario del trabajador cada día.

Es importante tener en cuenta la naturaleza de estas incidencias, ya que como absentismo que representan pueden definirse de distintas maneras: computan o no computan dentro de la jornada, son recuperables, retribuibles, afectan a nómina, etc. Pongamos algunos ejemplos: Visita médico, formación, viaje, asuntos personales, trabajos exteriores, descanso, etc…

El sistema debe permitir definir, personalizar y reconocer todas estas incidencias en cada fichaje para así poder registrar y analizar el saldo de horas pertinente. Aquí tendríamos acotado el control de las horas ordinarias. Por otro lado, la parte más delicada es el registro de las horas extraordinarias, ya que deben coincidir de forma exacta con la nómina.  Y aquí nos surgen ciertas cuestiones:

  • ¿si un empleado sale 15 minutos tarde durante 4 días, supone esto una hora extra?
  • ¿si tenemos flexibilidad a la entrada/salida, el sistema nos permite contemplarlo? ¿y flexibilidad a nivel de jornada completa?
  • ¿si trabajamos con una bolsa de horas por empleado, podemos gestionarlo?
  • ¿si el empleado al salir más tarde ficha horas extras, estas se trasladan automáticamente al informe o se validan para evitar errores?

Estos son solo unos ejemplos, pero el sistema debe dar respuesta. No debe limitarse a registrar una entrada y una salida, porque esta no es la solución.
En nuestro control de presencia abordamos y solucionamos todas estas cuestiones planteadas, siendo este el primer post de dos. Otro de los factores a tener muy en cuenta es que los turnos, vacaciones, libranzas y calendario laboral, esté correctamente actualizado y configurado.

Si los empleados se intercambian turnos, se van de vacaciones, se les da un día libre, etc… y no está plenamente actualizado en el sistema nos encontraremos variaciones que deberemos justificar, teniendo en cuenta que toda la información disponible será errónea.

Éstas son solo algunas cuestiones a tener en cuenta más allá de elegir el mero terminal, los métodos de recogido del fichaje o el mero precio del producto. Si no nos sirve, si no ofrece la información correcta y genera un informe con datos erróneos… ¿qué sentido tiene su adquisición?

En otro post, trataremos con mayor detalle la recogida y gestión de fichajes, así como la explotación de información y la generación automática de informes para la inspección de trabajo.

Si quieres información sobre el registro de la jornada laboral en tu empresa contacta con nosotros en:
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