conciliación

12 julio, 2023

Nuevos permisos laborales Ley 5/2023 28 de Junio

2023-07-12T06:51:04+00:00 12 julio, 2023|absentismo laboral, conciliación, legislación laboral|

Nuevos permisos laborales

Para empezar, diremos que todos los nuevos permisos laborales y las modificaciones de los ya existentes se recogen en el Real Decreto – ley 5/2023, de 28 de junio. Éste ha venido a desarrollar nuevos permisos laborales para favorecer la conciliación laboral y familiar de los trabajadores, según lo marcado por la Unión Europea.

En cuanto a nuevos derechos laborales se refiere, dicho Real Decreto- ley contempla la posibilidad de:

  • Un nuevo permiso laboral parental de 8 semanas que permite cuidar a los hijos menores de 8 años. Este permiso, por ahora, no es retribuido, aunque se está contemplando de cara al año que viene que esto cambie y si se remunere como así lo indica la Directiva Europea 2019/1158. (CUIDADO DE MENORES)

  • Siguiendo con las novedades, se reconoce un nuevo permiso para ausentarse del trabajo por causas de fuerza mayor para el cuidado de familiares o personas convivientes en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata. Este permiso está limitado a 4 días y podrá ser disfrutado por días y por horas. (CUIDADO DE FAMILIARES O CONVIVIENTES).

  • Se incorpora un permiso laboral de 2 días de permiso por fallecimiento de cónyuge que se ampliarán a 4 si hubiera que hacer algún desplazamiento. Este permiso aplica también para las parejas de hecho.

Una vez que hemos visto los nuevos permisos vamos a ir analizando los ya existentes que se han visto afectados en el Estatuto de los Trabajadores.

¿Qué permisos se han visto alterados por este nuevo Real Decreto – ley 5/2023?

En primer lugar, veamos los PERMISOS LABORALES RETRIBUIDOS que se encuentran en el artículo 37 del mismo.

  • Hasta la entrada en vigor de esta nueva normativa, los trabajadores en base al artículo 37.1 tenían derecho a 15 días naturales por matrimonio.  Desde ahora en adelante, se asemeja la pareja de hecho y se disfrutará de los mismos días que si se hubiera celebrado el matrimonio.

  • En el mismo artículo, pero en su párrafo 3º, los trabajadores tenían derecho a 2 días por accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge o parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. Ahora, con la nueva legislación se ampliará dicho límite hasta alcanzar los 5 días y se incluye a la pareja de hecho y a sus familiares. Dichos días deberán empezarse a computar en día laborable y deberán entenderse como hábiles.

  • El permiso de lactancia también se ha visto modificado por esta actualización normativa, ya que, en el caso de que ambos progenitores trabajen en la misma empresa y no puedan coincidir en el tiempo este permiso, la empresa deberá proponer una alternativa para no desfavorecer el buen funcionamiento de la empresa, pero sin perjudicar un derecho tan importante para el trabajador como es la conciliación familiar con la laboral (art. 37.4).

Por otro lado, veamos los PERMISOS LABORALES NO RETRIBUIDOS que también se han visto modificados:

  • Reducción de jornada por cuidado de hijo con enfermedad grave: se amplia hasta cumplir 26 años el menor cuando tengan cáncer u otra enfermedad grave, y el grado de discapacidad supere el 65% siempre que esta condición se acredite antes de cumplir 25 años. (art. 37.6).

  • Excedencia por cuidado de familiares. Se incluye la posibilidad de que sea para cuidar al cónyuge o de la pareja de hecho al adquirir los mismos derechos.

Si alguno de estos derechos se viera afectado o fuera motivo de despedido, se considerará nulo. Son derechos protegidos y contemplados en las causas de nulidad del art. 53.4 y 55.5 del Estatuto de los Trabajadores.

Por supuesto, podrás dar de alta todos los nuevos permisos laborales en PGPlanning. Si tienes dudas, contacta con nosotros y lo haremos contigo.

14 diciembre, 2017

Planificar vacaciones de Navidad y turnos de trabajo

2022-08-24T07:53:19+00:00 14 diciembre, 2017|conciliación, gestión de vacaciones, turnos de trabajo|

Vacaciones, palabra que trae de cabeza a todo el mundo. Unos porque las disfrutan, otros porque no pueden, unos porque ya las han disfrutado, otros porque no se las conceden, y un largo etc…
Curiosa y lógicamente las vacaciones de unas personas con las de otras no tienen nada que ver. Normalmente el entorno, el sector y actividad de la empresa marcan los periodos de trabajo que condicionan directamente las fechas en las que se conceden las vacaciones.
Entramos en Navidad, y mientras que en muchos sectores se detiene la producción parando y cerrando las fábricas hasta enero, en otros la actividad es frenética aumentando la contratación, horarios y servicio, como es el sector de la alimentación o el comercio.

Cada empresa tiene una necesidad que condiciona de forma directa cuando se conceden o no las vacaciones.

En periodos vacacionales, si no se sustituyen a los empleados y son los propios compañeros los que cubren las vacaciones de los otros, se trabajan más horas, a veces sin días de descanso, trabajando sábados, domingos e incluso festivos. Es importante, tener el cómputo de todas estas variaciones sobre el horario “estándar”.

En estas condiciones cuando la demanda de personal es crítica y aumenta es necesario poder gestionar estas demandas tanto en periodos “cresta” como en periodos “valle”.Pero si tu empresa no está entre las que cierra, pero tampoco es de las tiene un fuerte incremento de actividad, debes poder gestionar tus solicitudes de vacaciones sin que impacte en tu servicio o demanda de personal.

En PGPlanning, nuestros clientes ya disfrutan de todas las opciones:

• Ajuste de demanda de personal por periodo o días concretos tanto por habilidad del empleado, como ubicación, departamento etc… analizando si se cubren esas necesidades antes de comunicar los turnos y cuadrantes.

• Tenemos nuestra planificación creada con las necesidades cubiertas y el personal asignado con sus turnos, pero llegan solicitudes de vacaciones por parte del empleado. Poder previsualizar el impacto antes de la aceptación de esas vacaciones, así como proponer sustitutos, e incluso opciones de qué hacer con los turnos de ese empleado con otros compañeros (transferir, intercambiar, sobrescribir).

Una completa gestión de vacaciones que conjuga las necesidades de personal de la empresa y el empleado, plenamente integrado con el cuadrante de personal y las reglas de juego como: convenio, días de descanso, fines de semana, contrato…

Tanto si eres de los que en Navidad no descansa, como de los que sí, tenemos nuestra solución esperándote. ¡Feliz Navidad!

23 noviembre, 2017

El trabajo a turnos

2022-08-24T07:53:21+00:00 23 noviembre, 2017|conciliación, turnos de trabajo|

En el ámbito laboral hay dos tipos de personas: las que trabajan a turnos y las que no.

Las que trabajan a turnos conviven con otras personas que trabajan a turnos , pero las personas que no trabajan a turnos, conviven con personas que trabajan a turnos o con otras que no.

Si no trabajas a turnos y en tu entorno cercano nadie lo hace, podrás quedar con ellos para cenar cualquier sábado o para comer cualquier domingo o festivo, porque no tendrán que trabajar. En cambio, si en tu círculo de amistades hay personas que trabajan a turnos, ya no será tan fácil quedar, ni para tomar un café porque cuando tú trabajes, él librará y cuando tú libres él trabajará. Y si esto es para un café, ya no hablemos si se trata de organizar una comida, cena o buscar un fin de semana para pasarlo en una casa rural.

En el núcleo familiar, sobre todo, cuando hay niños, si alguien trabaja a turnos, tiene que haber “otro alguien” que cubra esos turnos, ¡pero al revés! La mayor parte de las veces, suele ser la pareja, pero en ocasiones, tienen que ser los abuelos , la guardería, un familiar, un conocido o un amigo.

No es menos cierto que las personas que trabajan en distintos turnos, pueden sacar más fácilmente tiempo para ellos mismos cuando el resto están trabajando y ellos libran. Pueden ir un martes por la mañana al banco, al notario, ir de compras  o  practicar su deporte favorito. La otra cara de la moneda, son noches que se hacen interminables, fines de semana que no lo parecen y  estar permanentemente conciliando horarios. Los días trabajados de mañana se madruga y se come tarde. Los que se entra de tarde hay que comer pronto, y con las noches hay que acostumbrarse a dormir de día…

Es común, que las personas que hacen turnos  trabajen en días festivos. Esto implica en muchas ocasiones no sea posible disfrutar en familia de días señalados como Navidad, Año Nuevo, Nochevieja, Reyes, o que por el contrario, además de la familia, se junte con algún compañero que se quedó solo por tener que trabajar esos días y que tiene la familia lejos.

Trabajar a turnos, no es ni mejor ni peor que trabajar con una jornada laboral fija. Lo importante es poder conseguir una conciliación entre vida personal y profesional de cada uno en cada momento y circunstancia.

Aprovechemos la tecnología que tenemos hoy disponible para que las personas que trabajen a turnos puedan conciliar su vida personal y laboral más fácilmente. ¿Cómo?: Planificando con una suficiente antelación su cuadrante,  intentando que puedan disfrutar del mayor número de fines de semana posibles, que sus horas de trabajo sean ajustadas, que los cuadrantes sean equitativos, valorando sus preferencias en la realización de turnos, gestionando sus festivos locales, mantengámoslos informados de cualquier cambio de turno en todo momento, démosles la posibilidad de ver su cuadrante y posibilidad de realizar avisos o peticiones permitamos solicitar sus vacaciones desde casa, y todo desde cualquier momento y lugar.  Y por supuesto satisfaciendo las demandas y necesidades de personal de la empresa cada día.

¿Piensas que todo esto es imposible?, pues no lo es. Es una realidad que muchas personas y empresas disfrutan.

Escríbenos, llámanos:   https://www.pgplanning.es/es/contacto

9 noviembre, 2017

Cambios de turnos de trabajo entre compañeros

2022-08-24T07:53:23+00:00 9 noviembre, 2017|conciliación, turnos de trabajo|

En el trabajo a turnos, las empresas y las personas están sujetas a cambios constantes dentro de su día a día. Existen multitud de empresas que de forma diaria gestionan cambios de turno entre empleados. Unas ocasiones porque los promueven los empleados por sus necesidades de conciliación entre vida profesional y familiar, y en otras ocasiones por necesidades de la empresa para afrontar demandas de personal nuevas, necesidades de producción, cubrir la baja de un compañero, etc…

Cambiar un turno de trabajo entre compañeros es algo muy habitual que viene sucediendo desde muchos años atrás. Es muy común informar a un supervisor a través de WhatsApp, Post-it, llamadas, una parada por un pasillo, un e-mail… que derivan en multitud de ocasiones en que  llegado el día la persona que tenía que estar en su turno no está. Esto porque no se recuerda la petición, porque no queda registrado, porque se pidió con mucha antelación y no se comunicó a las partes afectadas en su momento, un sinfín de situaciones.

Para cambiar un turno debemos asegurarnos que los dos empleados están de acuerdo con el cambio y que esta solicitud le llegue al supervisor para  que este cambio cubra la demanda de personal exigida por la empresa, tanto en día como en tiempo y forma. Es decir, debe sustituir al compañero en habilidades o competencias, ubicación, duración del turno y día.

Este es solo uno de los motivos por los que desarrollamos el portal del empleado. Un lugar donde los empleados pueden promover estos intercambios de turno de forma óptima y segura para las tres partes. Los empleados (ambos implicados en el cambio) en su solicitud, confirmación y registro y  el supervisor en su validación,  comprobación y confirmación de dicho cambio analizando la demanda de personal existente para ese día.

El supervisor puede previsualizar los cambios que va aprobar o denegar antes de realizar cualquier acción para poder validar si dispone de suficientes personas para cubrir el turno o turnos solicitados.

De esta manera, sí es viable, ágil y seguro el intercambio de turnos entre compañeros. Esta funcionalidad permite a las empresas gestionar cambios de turno de forma eficiente  y sin perjudicar a ninguna de las partes, permitiendo una mayor conciliación laboral de los trabajadores. Este es uno de los objetivos que perseguimos cada día con nuestra tecnología; mejorar la vida de las personas tanto dentro como fuera de su puesto de trabajo.

Si en tu empresa no se permiten cambios de turno por los trastornos que supone, ya conoces nuestra solución.

Ir a Arriba